Aquí os explico un poco de lo que trata .. con ayuda del Wikipedia (que por supuesto lo explicará 20 veces mejor q yo) por si alguien aún anda un poco perdido en este tema
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La remuneración compensatoria por copia privada o canon por copia privada es una tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad de gestión de derechos de autor, en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos.
Vigente hasta ahora la ley de 1992, refundida en 1996, establecía el pago de un canon para los soportes que permitían la copia de obras artísticas, como las cintas de casete o de vídeo. La nueva ley pretende transponer a la legislación española la directiva europea sobre la Sociedad de la Información, y trasladar dicho canon a los soportes digitales, estableciendo que no sólo los CD y DVD vírgenes, sino las tarjetas de memoria, reproductores MP3 e incluso teléfonos móviles capaces de reproducir música, estarán sujetos al pago del canon.
Mi pregunta y la de muchos de los usuarios de dichos soportes digitales es la siguiente:
¿Realmente tendremos que pagar tal impuesto por la simple “presunción” de que van a ser usados para almacenar y/o reproducir contenido multimedia con derechos de autor? Pues ya véis .. da igual si lo q grabamos en un CD o en un DVD son las fotos o los videos de la fiesta del sábado ... en 2008 seguramente esta ley entre en vigor .. a pesar de que Rajoy ha afirmado que está en contra del canon digital .. Veremos q pasa en las próximas elecciones !! Estad atentos ..